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viernes, 1 de noviembre de 2019
MARCO DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD; TERAPIAS NATURALES
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MARCO DEL SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
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Marco Internacional
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La Organización Mundial de la Salud emitió una Estrategia sobre
Medicina Tradicional desde 2002, que fue actualizada mediante la Estrategia
2014-2023. Esta última tiene como finalidad abordar una serie de problemas
relacionados con las MTC, como la identificación y evaluación de estrategias
y criterios para incorporar la medicina tradicional en la APS y la seguridad
y calidad de la evaluación de productos y servicios. Adicionalmente, entre
las Resoluciones del Consejo Ejecutivo de la OMS y de la Asamblea Mundial de
la Salud sobre MTC, se destacan: WHA69.24 (2016): se insta a los Estados
Miembros a que, en el marco del fortalecimiento de los servicios de salud
integrados y centrados en la persona, se integre la medicina tradicional y
complementaria. WHA67.18 (2014): se adopta la Estrategia OMS de Medicina
Tradicional 2014-2023. WHA62.13 (2009): se insta a los Estados Miembros a
considerar la inclusión de la medicina tradicional en sus sistemas nacionales
de salud y también a definir sistemas para la calificación, acreditación o
licencia de profesionales. WHA56.31 (2003) y WHA40.33 (1987): directrices de
la OMS en Medicina Natural y Tradicional. WHA44.34 (1991) y WHA42.43 (1989),
sobre Medicina Tradicional y modernos cuidados de salud. WHA41.19 (1988):
Medicina Tradicional y plantas medicinales.
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Marco Nacional
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La normatividad colombiana ha incluido las MTAC dentro de la
interculturalidad como contexto general. Adicionalmente, el país cuenta con
regulación en MTAC sobre prestación de servicios medicamentos homeopáticos y
productos Fito terapéuticos, y talento humano en salud (en el apartado de
información complementaria se describen elementos de MTAC de cada una de las
normas que aquí se mencionan). Contempla dentro de su normatividad vigente
(compilada en el Decreto - Único Reglamentario del Sector Salud y Protección
Social 780 de 2016)
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Contexto general
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LEY
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La Ley 1438 de 2011 "Por medio de la cual se reforma el sistema
general de seguridad social en salud y se dictan otras disposiciones”, en su
capítulo III para la implementación de la Atención Primaria en Salud (APS),
incluye la Interculturalidad.
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La Ley 1751 de 2015 “Por medio de la cual se regula el derecho
fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”, incluye en sus
elementos o principios, la interculturalidad.
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RESOLUCIÓN
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La Resolución 429 de 2016, expedida por el MSPS “por medio de la cual
se adopta la Política de Atención Integral en Salud” (PAIS) incluye la
interculturalidad de manera transversal en los diferentes componentes del
Modelo.
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La Resolución 2063 de 9 junio de 2017, expedida por el MSPS.
“Por la cual se adopta la Política de Participación Social en Salud-PPSS
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Servicios de salud
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La Resolución 2003 de 2014, expedida por el MSPS “Por la cual se
definen los procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de
Servicios de Salud para habilitar los servicios y se dictan otras
disposiciones”, en su Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de
Servicios de Salud, numerales 2.3.2.3 y 2.325, define los criterios de los
estándares para la prestación de servicios en medicina y terapias
alternativas
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La Resolución 5269 de 2017 “Por la cual se actualiza integralmente el
Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación
(UPC)”, y la Resolución 046 de 2018 “Por medio de la cual se corrigen unos
errores de carácter formal en la Resolución 5269 por el cual se actualiza
integralmente el Plan de beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago
por Capitación (UPC)" en su artículo 28.
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La Resolución 5171 de 2017 “Por la cual se establece la Clasificación
única de procedimientos en Salud – CUPS”.
Resolución 330 de 2017 “Por la cual se adopta el procedimiento técnico-científico
y participativo para la determinación de los servicios y tecnologías que no
podrán ser financiados con recursos públicos asignados a la salud y se
establecen otras disposiciones”.
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Medicamentos y productos farmacéuticos
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DECRETO
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El Decreto 3554 de 2004 “Por el cual se regula el régimen de registro
sanitario, vigilancia y control sanitario de los medicamentos homeopáticos
para uso humano y se dictan otras disposiciones”.
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El Decreto 1737 de 2005 “Por el cual se reglamenta la
preparación, distribución, dispensación, comercialización, etiquetado,
rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales
y se dictan otras disposiciones” que deroga parcialmente el artículo 2 y
totalmente el artículo 50 del Decreto 3554.
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El Decreto 1861 “Por el cual se modifica y adiciona el Decreto
3554 de 2004 y se dictan otras disposiciones”, entre otros, adiciona
definiciones al artículo 2, modifica el artículo 48 del Decreto 3554 y deroga
el inciso final del parágrafo 3° del artículo 48 del Decreto 3554 modificado
por el artículo 14 del
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Decreto 1861 de 2006.
El Decreto 2266 de 2004 “Por el cual se reglamentan los regímenes de
registros sanitarios, y de vigilancia y control sanitario y publicidad de los
productos Fito terapéuticos”. El
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Decreto 1229 de 2015, “Por el cual se modifica el artículo 9 del
Decreto 1737 de 2005, modificado por el Decreto 1861 de 2006”.
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RESOLUCIÓN
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La Resolución 126 de 2009 “Por la cual se establecen las condiciones
esenciales para la apertura, funcionamiento, vigilancia y control sanitario
de las tiendas naturistas y se dictan otras disposiciones”, modificada por
las Resoluciones 527 de 2010 y 662 de 2011.
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TERAPIAS NATURALES; SU DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
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TERAPIAS NATURALES
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DEFINICIÓN
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CLASIFICACIÓN
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El
grupo Cochrane describe las medicinas complementarias y alternativas como un
amplio ámbito de recursos curativos que abarca los sistemas de salud, las
modalidades y prácticas con sus correspondientes teorías y creencias, que no
son las del sistema de salud políticamente predominante en una sociedad o
cultura en particular en un determinado periodo histórico. Según la OMS, la
medicina tradicional incluye diversidad de prácticas sanitarias, enfoques,
conocimientos y creencias, incluyendo medicinas basadas en plantas, animales
y/o minerales; terapias espirituales; técnicas manuales; y ejercicios,
aplicados individualmente o en combinación para mantener el bienestar, así
como tratar, diagnosticar o prevenir enfermedades. Es un término amplio
utilizado para referirse tanto a los sistemas de medicina tradicional (como,
por ejemplo, la medicina tradicional china, el Ayurveda hindú y la medicina
unani árabe), como a las diversas formas de medicina indígena. Incluye
terapias con medicación, si implican el uso de medicinas a base de hierbas,
partes de animales y/o minerales, y terapias sin medicación, como la
acupuntura, las terapias manuales y las terapias espirituales. El National
Center for Complementary and Alternative Medicine (NCCAM) de los EEUU de
América señala que la medicina complementaria y alternativa es un conjunto
diverso de sistemas, prácticas y productos médicos y de atención de la salud
que no se considera actualmente parte de la medicina convencional. Considera
como medicina complementaria la que se utiliza conjuntamente con la medicina
convencional, mientras que la medicina alternativa es la que se emplea en
lugar de la medicina convencional.
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El
NCCAM utiliza una clasificación pragmática de las terapias y sistemas de la
medicina complementaria y alternativa en cinco áreas, aceptando cierto grado
de solapamiento, dado que los denominados sistemas integrales o completos
comprenden prácticas de todas las áreas. En base a ello, se ha hecho una
propuesta de clasificación de las terapias naturales
Bioenergética: Es el
conjunto de conocimientos y procedimientos médicos que interpretan y estudian
a los seres humanos como una organización de energías biológicas
(Bioenergías), que permiten diagnosticar y tratar las alteraciones y
regulación de estas. Todos los modelos terapéuticos considerados dentro de la
medicina Bioenergética propician un proceso de auto curación reorientando y
reorganizando la red de circuitos energéticos del organismo. Se apoyan en el
proceso bioenergética las siguientes:
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Homeopatía y sus
modalidades:
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Es un sistema que basado en leyes naturales y aplicando una
metodología científica, propone un método terapéutico basado en la ley de la
similitud (simila similibus curentur), según la cual es posible tratar un
enfermo administrándole información energética obtenida a partir de
sustancias que producen síntomas semejantes a los del enfermo.
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Acupuntura y
procedimientos asociados:
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Consiste en la regulación de la corriente energética dentro de un
sistema de circulación en el cuerpo, mediante la estimulación con agujas,
calor, electricidad, sustancias químicas, naturales y sintéticas de
determinados puntos de la piel, con el fin de prevenir, curar, aliviar las
enfermedades o síntomas y rehabilitar a la persona.
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Terapia neural:
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Método terapéutico que fundamenta su acción terapéutica en la
estabilización de las membranas celulares mediante la utilización de
microdosis de anestésicos locales aplicados en sitios específicos del
organismo.
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RECOPILACIÓN FINAL EN MAPA MENTAL
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